Inundación
Cobertura del consorcio por inundación
Fenómenos de la naturaleza cubiertos por el Consorcio de compensación de seguros:
inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
El riesgo que más daños produce en España es el de inundación, y, a efectos de cobertura, se entiende por tal el anegamiento del terreno producido por lluvias o deshielo; por aguas procedentes de lagos con salida natural, de rías o ríos, o de cursos naturales de agua en superficie cuando se desborden de sus cauces normales. Asimismo se incluye el embate de mar en la costa, aunque no haya anegamiento. Sin embargo, no quedan comprendidos bajo este concepto de inundación la lluvia caída directamente sobre el riesgo asegurado, o la recogida por su cubierta o azotea, su red de desagüe o sus patios, como tampoco la inundación ocasionada por rotura de presas, canales, alcantarillas, colectores y otros cauces subterráneos artificiales, salvo que la rotura se haya producido como consecuencia directa de evento extraordinario cubierto por el Consorcio.
En la tempestad ciclónica atípica quedan incluidos, entre otros, los tornados y los vientos extraordinarios (rachas superiores a los 120 Km/h.), de acuerdo con el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios.
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